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Consejo legal, Edición 11/05/2009:
Regulaciones de las licencias y remesas de una inversión
1. ¿Qué tipo de licencias de cuentapropistas están disponibles?
2. ¿Cuál es el procedimiento para obtener una licencia de cuentapropista?
3. ¿Por cuánto tiempo puedo obtener y dónde podría encontrar las restricciones para una licencia en particular?
4. Si un pariente en el extranjero en lugar de enviarme dinero decide comprar a mi nombre acciones, bonos o cualquier otro título de esa clase (en cualquier país que no sea Cuba). ¿Podría tener yo problemas con el gobierno cubano? ¿Tengo que pagar impuestos? ¿No sería otra forma de recibir remesas?
5. Quisiera saber si yo voy a Cuba para ver a mi familiares y les quiero llevar mi computadora, y un radio DVD, ¿cuánto tengo que pagar para poder pasarlas?
Pregunta: ¿Qué tipo de licencias de cuentapropistas están disponibles?
Respuesta: Cada municipio tiene su propia regla en cuanto a licencias permitidas o no. Aparentemente el otorgamiento de las licencias responde a un análisis individual de cada caso.
Para determinar qué licencias están permitidas en tu zona de residencia debes dirigirte a las oficinas de la ONAT Municipal para que ellos te orienten.
En algunas zonas los cupos de licencias que se habían calculado se encuentran copados. En otras zonas se están ampliando las licencias permitidas, y en ciertos lugares se limitan las aprobaciones de las licencias de cuentapropistas que signifiquen una competencia directa para actividades estatales.
Pero te podemos asegurar que la tendencia general es a abrir el abanico de posibilidades y diversificar el tipo de licencias a otorgar.
Pregunta: ¿Cuál es el procedimiento para obtener una licencia de cuentapropista?
Respuesta: La solicitud de una licencia de cuentapropista implica la participación de varios organismos del Estado Cubano. Primero debes dirigirte al Ministerio al cual corresponde la actividad que pretendes realizar.
Si es una licencia de transportista, debes ir ante el Ministerio de Transporte, si es renta de vivienda te presentas a la Dirección Municipal de la Vivienda y si son actividades que no tienen ministerios oficiales que le amparen debes presentarte en el Ministerio del Trabajo para que te den la clasificación de la actividad.
Al final siempre deberás pasar por la oficina del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social para que te concedan tu licencia operacional.
Luego de contar con el permiso del ministerio correspondiente, debes dirigirte a la oficina municipal de la ONAT para que te otorgue la licencia y te registre como contribuyente.
Luego en la oficina bancaria de tu municipio debes realizar los pagos pertinentes y establecer las cuotas y fechas del ingreso que debes garantizar.
El conjunto de todos estos permisos y documentos conforman una licencia de cuentapropista.
Pregunta: ¿Por cuánto tiempo puedo obtener y dónde podría encontrar las restricciones para una licencia en particular?
Respuesta: Estas condiciones que preguntas varían en dependencia de la zona de tu actividad. Básicamente la licencia se otorga por un año y es renovable por igual periodo, teniendo en cuenta que cumplas con los requisitos establecidos y las imposiciones fiscales que te corresponden.
Para mayores elementos debes dirigirte a la oficina Municipal de la ONAT.
Pregunta: Si un pariente en el extranjero en lugar de enviarme dinero decide comprar a mi nombre acciones, bonos o cualquier otro título de esa clase (en cualquier país que no sea Cuba). ¿Podría tener yo problemas con el gobierno cubano? ¿Tengo que pagar impuestos? ¿No sería otra forma de recibir remesas?
Respuesta: Las operaciones comerciales que en tu nombre se realicen y cobren en el exterior no representan ningún problema para tu persona como ciudadana cubana residente en el país.
Pero si la gestión de cobro se realiza desde Cuba ya es una actividad que debe regularse por las leyes cubanas vigentes y entonces estarías violando algunas normas.
Si tu familiar cobra a tu nombre las ganancias que generen las acciones de tu propiedad y luego manda el dinero a Cuba como una remesa normal, no existe ningún riesgo en la operación. Sería, tal como dices, una remesa más.
Pero si un organismo financiero te paga directamente a ti, en tu residencia cubana, no es una remesa más y sí una violación de las leyes cubanas y posiblemente de las leyes norteamericanas si el pago es en dólares.
Por eso te recomendamos que recibas el pago mediante los servicios de un familiar o amigo a quien puedes nombrar como tu apoderado para este tipo de gestión de cobro.
Así no tendrás que pagar impuestos en Cuba o declarar la naturaleza de tus posibles operaciones internacionales.
El poder notarial para este tipo de actividad es una formalidad legal común y segura para personas ausentes, y puedes valerte de esta modalidad fácil y sencilla.
Hasta que las condiciones legales no sean modificadas, no está permitido a un cubano figurar como inversionista internacional.
Pero los medios de control con que cuenta la administración financiera en Cuba no tiene forma posible de investigar si esto sucede. La mayoría de los casos que los organismos cubanos correspondientes se llegan a enterar es por imprudencias de los inversionistas o accionistas cubanos.
Pero te insistimos, nada malo hay en tener acciones, lo malo es si en alguna de tus actividades como accionista haces implicaciones para Cuba o se realizan dentro de su territorio nacional.
Si tienes un apoderado fuera de Cuba y te ajustas a estos principios, ningún problema tendrás.
Pregunta: Quisiera saber si yo voy a Cuba para ver a mi familiares y les quiero llevar mi computadora, y un radio DVD, ¿cuánto tengo que pagar para poder pasarlas?
Respuesta: La Aduana Nacional de la República de Cuba tiene establecido su propio reglamento con los correspondientes valores para cada equipo y sus características. Así mismo existe un listado de equipos que podrás traer al país y que puedes encontrarlo en la sección de consejos legales de nuestro sitio, con fecha 23/02/09.
A esta escala de valores formalmente establecida por la Aduana responde el cobro de la suma por el ingreso a territorio nacional de este tipo de equipos, si son declarados por el visitante como regalos.
Pero si estos equipos entran como propiedad personal tuya no tienes que pagar ningún gravamen en frontera y los puedes dejar dentro del territorio nacional en las condiciones que estimes.
Si los fueras a declarar como regalos te recomendamos que lleves también un recibo de compra o costo de los equipos lo que te ayudará a mejorar el monto del gravamen que en su momento, la aduana te cobre.
El recibo de compras debe reunir requisitos elementales para que pueda ser tenido en cuenta como real, pero por lo general son respetados.
Si hay diferencia entre el valor del artículo y el precio declarado en el recibo, la tabla de la Aduana regirá para determinar el monto del importe aduanal.
La experiencia obtenida de los propios viajeros determina que los precios de algunos productos oscilan de la siguiente manera:
DVD, VHS, DVCD, VCD u otro similar..……60 CUC
Nintendo ……………………………………………. 30 CUC
Play Station I ……………………………………….. 40 CUC
Play Station II …………………………………… 100 CUC
Play Station III…………………………………… 600 CUC
X Box con DVD incorporado
Modelo Simple…………………………………… 200 CUC
X Box Premium Calidad Superior………… 580 CUC
Te insistimos que la posibilidad de importarlos como propiedad personal sigue siendo la menos costosa y no te genera ningún tipo de complicación al terminar tu visita.
Otra práctica usual de algunas personas es que el recibo de compra se refiera a estos equipos como “recuperados” o “reparados”, condición que disminuye seriamente su valor real. Pero en estos casos no deben venir en sus empaques originales o con señas de no haber sido utilizados.
¿Tiene alguna pregunta sobre asuntos legales en Cuba? Escríbanos a info@cubavibra.es
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Comentarios
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- Cuba Vibra
- 31 de agosto, 2009 1:09 pm (GMT-5:00)
- Estimada Maria:
No es la responsabilidad de Cuba Vibra ejercer las leyes cubanas ni reportar a los cubanos que no las esten siguiendo.
Gracias.
- maria
- 31 de agosto, 2009 7:49 am (GMT-5:00)
- hace un mes pedi un licencia para alquilar y me la denegaron y sin embargo tengo una vecina que alquila por tuberias a extranjeros ilegal sin poseer licencia y no pasa nada y encima van extarnjeros con menores y eso es delito en cuba ..que es lo que esta pasando???
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