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Consejo legal, Edición: 23/11/2009
Transacciones de bienes



1. Soy propietario de un carro americano antiguo con traspaso. En caso de una salida definitiva del país, ¿debo entregar ese carro?, y si lo vendo antes, ¿tendría algún problema?

2. Soy cubana con PRE, y he vivido en Argentina por 12 años. Mi hermano tiene un poder especial sobre la vivienda de la que soy propietaria en La Habana, pero como él reside en otra provincia me plantea que ya no desea permanecer en La Habana, y por lo tanto quiere revocar el poder que le otorgué y regresar a su lugar de residencia. Dado el caso, ¿podría ir a Cuba y permutar la vivienda?

3. ¿Podría solicitar una licencia e inscribirme para poder arrendarla? Quisiera saber si es posible, dada mi condición, ser arrendadora sin permanecer en el territorio nacional otorgándole un poder especial a alguna persona que se encargue de los trámites que se deriven.

4. O, si en caso de permutarla, ¿Qué razones puedo alegar para permutar mi casa en Miramar (zona congelada) por una en las afueras o de inferior valía?

5. Si mis padres son ciudadanos españoles y se mudan para España, ¿me concederá el Gobierno español al menos una vez al año una Visa de Visitante para visitar a mis padres, ya que soy mayor de edad y que por tanto no puedo acogerme a esa ciudadanía?


Pregunta: Soy propietario de un carro americano antiguo con traspaso. En caso de una salida definitiva del país, ¿debo entregar ese carro?, y si lo vendo antes, ¿tendría algún problema?

Respuesta: Al ser un carro antiguo no tienes ningún problema. Debes venderlo con tiempo suficiente para que no coincida el trámite de traspaso con tu momento de salida. Los que están obligados a entregar el vehículo motor al Estado son aquellos que adquirieron vehículos sin traspaso o entregados por el Estado. No es tu caso.


Pregunta: Soy cubana con PRE, y he vivido en Argentina por 12 años. Mi hermano tiene un poder especial sobre la vivienda de la que soy propietaria en La Habana, pero como él reside en otra provincia me plantea que ya no desea permanecer en La Habana, y por lo tanto quiere revocar el poder que le otorgué y regresar a su lugar de residencia. Dado el caso, ¿podría ir a Cuba y permutar la vivienda?

Respuesta: Tienes todo el derecho a hacerlo, es tu propiedad y legalmente estas autorizada a permutarla.


Pregunta: ¿Podría solicitar una licencia e inscribirme para poder arrendarla? Quisiera saber si es posible, dada mi condición, ser arrendadora sin permanecer en el territorio nacional otorgándole un poder especial a alguna persona que se encargue de los trámites que se deriven.

Respuesta: Es imposible que puedas alquilar la vivienda de manera legal, uno de los requisitos imprescindibles para alquilar la vivienda es que el titular se encuentre presente por todo el tiempo que se ejerce la actividad. No te recomendamos que lo hagas de manera ilegal, puede conllevar multas, sanciones administrativas y hasta la confiscación de la casa.


Pregunta: O, si en caso de permutarla, ¿Qué razones puedo alegar para permutar mi casa en Miramar (zona congelada) por una en las afueras o de inferior valía?

Respuesta: Para realizar una permuta de este tipo se necesitan permisos de zona congelada, zona especial, de la dirección Municipal de la Vivienda, del Instituto Nacional de la Vivienda y la participación de un notario público. Si la permuta permite suponer que se trata de una transacción económica encubierta o una compraventa, nunca será autorizada.


Pregunta: Si mis padres son ciudadanos españoles y se mudan para España, ¿me concederá el Gobierno español al menos una vez al año una Visa de Visitante para visitar a mis padres, ya que soy mayor de edad y que por tanto no puedo acogerme a esa ciudadanía?

Respuesta: Esta es una decisión que solo atañe al consulado español. Normalmente este tipo de visas son permitidas, pero en otros casos son denegadas por estimar que se trata de un emigrante potencial. Todo depende de las condiciones de solvencia con que cuenta tu familia y de los elementos de regreso que puedas presentar. Un padre de familia que deja sus hijos en Cuba es mucho más confiable que un hombre soltero que pretende visitar España, por ejemplo.
¿Tiene alguna pregunta sobre asuntos legales en Cuba? Escríbanos a info@cubavibra.es


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CUANTAS ZONAS
2 de diciembre, 2009 9:26 pm (GMT-5:00)
CASI QUE SE NECESITAN MAS PERMISOS QUE PAPELES PARA PERMUTAR, PERO QUE HA PASADO EN CUBA?

gallego
2 de diciembre, 2009 9:24 pm (GMT-5:00)
hay preguntas que se deben hacer en el consulado y no a estos sitios, por que insisten en enredarle la vida a quin quiere ayudar?

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